ENACOM implementó trámites para solicitar exención de cortes de servicio

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) habilitó la inscripción online para solicitar la suspensión de corte por falta de pago en servicios de telefonía fija y móvil, internet y TV por cable.

A partir de hoy quedó habilitado la inscripción online para personas físicas, monotributistas categorías C y D, que acrediten una merma de 50% o más en su capacidad económica, así como para asociaciones civiles con fines comunitarios, culturales o deportivos para solicitar la suspensión de corte por falta de pago en servicios de telefonía fija y móvil, internet y TV por cable.

Para ello, los interesados con mora en facturas por hasta 3 meses con vencimientos posteriores al 1° de marzo de 2020 deberán completar el formulario online y acreditar los requisitos a fin de confeccionar un listado que será remitido a las empresas prestadoras para que suspendan los cortes y habiliten el acceso a un servicio básico hasta la regularización de la situación.

El formulario deberá ser completado únicamente por:

a) Los usuarios particulares que no se encuentren incluidos en los supuestos previstos en el Artículo 3° del DNU Nº 311/2020, que acrediten una merma de CINCUENTA POR CIENTO (50%) o más en su capacidad de pago.

b) Los usuarios monotributistas que revistan en las categorías C y D, que acrediten una merma del CINCUENTA POR CIENTO (50%) o más en su facturación mensual a partir de la entrada en vigencia del Decreto Nº297/2020.

c) Las asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales que soliciten ser incluidos dentro de las medidas dispuestas en los Artículos 1° y 2° del DNU Nº 311/2020.

Los usuarios deberán aclarar la situación por la que solicitan la inclusión en el listado; completar un único formulario indicando uno o más servicios por los que realiza la presentación y tendrán prioridad de respuesta los usuarios con notificación de corte en curso.

Por su parte, Las prestadoras deberán habilitar facilidades de pago que deberán prever ser abonadas en 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, no pudiéndose aplicar intereses moratorios, compensatorios ni punitorios, ni ninguna otra penalidad, manteniendo esta medida por el plazo de 180 días corridos.

Para ingresar al formulario de inscripción hacer clic aquí.